A partir del 15 de diciembre de 2018, entraron en vigor las modificaciones a los artículos 73 y 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (publicadas en e Diario Oficial del 14 de junio de 2018), en donde se establece la obligación para las Sociedades de Responsabilidad Limitada y las Sociedades Anónimas, de presentar un aviso electrónico ante la Secretaria de Economía, respecto de las transmisiones de partes sociales y acciones que se realicen.
En dicho aviso deberá incluirse, entre otra información, el nombre de los socios o accionistas, así como sus domicilios y nacionalidades.
En el caso de las Sociedades Anónimas, se prevé que la Secretaría de Economía deberá asegurarse que el nombre, el domicilio y la nacionalidad de los accionistas contenida en el aviso antes mencionado se mantenga confidencial, exceptuando los casos en los que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas (autoridades fiscales, por ejemplo), cuando ésta sea necesaria para el ejercicio de sus atribuciones en términos de la legislación correspondiente.